Publicado: 01-03-2022 0:00:00
Sí, es una obligación contractual dar aviso de los cambios de domicilio, lo que debe ser informado por el usuario directamente a la autopista con la que suscribió el contrato. De esta forma, la autopista registrará el cambio de domicilio en el Registro Nacional de Usuarios de Telepeaje (RNUT), lo que permitirá al resto de las Sociedades Concesionarias conocer del cambio de domicilio.
Este punto es muy importante, puesto que la dirección que informe el usuario será la que las autopistas utilizarán para realizar distintas notificaciones, no sólo para el envío del documento de cobro, permitiendo que se encuentre informado de su situación.
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