La asociación pública privada, impulsada por el Ministerio de Obras Públicas, es una estrategia que ha permitido al Estado, en el área de inversión de infraestructura pública, liberar recursos para favorecer otras obras públicas de alto impacto social que el MOP hubiera tardado años realizar, optimizar sus inversiones y potenciar el desarrollo productivo del país. Desde el ámbito privado, se aportan los recursos económicos, la experiencia e innovación tecnológica y, desde el Estado, se entregan los esquemas asociativos, instrumentos que facilitan el financiamiento y un marco legal que ha permitido sustentar una alianza a largo plazo.
Las normas jurídicas que reglamentan la provisión de infraestructura pública, a través del sistema de concesiones, están estipuladas en diversos cuerpos legales, especialmente la Ley de Concesiones (DS N° 900 de 1996 del Ministerio de Obras Públicas y su Reglamento, Decreto Supremo N° 956, de 1997; Ley 20.410 de 2010 y ley 21.044 de 2017 y modificación al Reglamento de Concesiones en materias de iniciativas privadas). Dicha normativa, aprobada ampliamente por todos los sectores políticos del país, regula la adjudicación, ejecución, reparación o conservación de las obras públicas otorgadas en concesión a privados. La Ley de Concesiones establece que en los procesos de licitación pueden participar empresas nacionales y extranjeras.
En su ciclo de desarrollo, las propuestas a ser concesionadas pueden ser de origen público o privado. En el segundo caso, el Ministerio de Obras Publicas debe determinar si la iniciativa es de interés para el Estado, lo que es visto por el Consejo de Concesiones. De ser así, el proyecto será considerado apto para ser licitado. Si el origen del proyecto es público, el Ministerio consulta con otros organismos fiscales sobre su factibilidad y conveniencia; sólo entonces se integra a la cartera de negocios.
Una vez que los interesados en los proyectos entran en una fase de precalificación o directamente de licitación, los profesionales del Ministerio de Obras Publicas dan inicio a una etapa de intercambio de información técnica y de factibilidad con los participantes del sector financiero y los propios actores del proceso, perfeccionando los proyectos y los mecanismos de participación del Estado y del sector privado. Una vez concluido este proceso se elige, entre las propuestas técnicamente aceptables, la que entregue la mejor oferta económica. La empresa o consorcio que se adjudica la concesión construye las obras establecidas en el contrato, lo administra y mantiene el servicio por un período determinado que varía de acuerdo a cada base de licitación-
El esquema utilizado para la ejecución de los proyectos es el Sistema BOT (construir, operar y transferir, de sus siglas en inglés). Para hacer posible este sistema, los ingresos percibidos deben ser superiores a la inversión realizada, tanto en obras como mantenimiento y operación de las mismas. De igual forma, debe existir un sistema de garantías y seguros que de confianza a todos los agentes que se relacionan con la construcción, operación y mantenimiento del contrato de concesión, y un esquema financiero que permita diversificar los riesgos de la inversión.
El Sistema de Concesiones chileno ha sido pionero en aspectos relativos a la gestión y planificación ambiental, marcando un camino para el desarrollo sustentable de la infraestructura en chile. La participación ciudadana es un aspecto fundamental en las distintas fases de un proyecto concesionado. De esta manera, se promueve la inserción territorial de las obras, acorde a los impactos que éstas generen y con las necesidades de la comunidad, la que es informada e integrada en los procesos de elaboración de los distintos contratos de la concesión.
De esta forma, la industria de las concesiones de infraestructura pública, además de generar importantes recursos para el desarrollo de la economía nacional, ha dado también un fuerte impulso a la integración social y cultural de Chile.