Ciclo de Desarrollo

Declaración y Existencia del Proyecto

En un marco legal claramente establecido, el Estado y los inversionistas privados entablan relaciones destinadas a generar dos tipos de proyectos, de acuerdo a su origen: los de procedencia pública y los de origen privado, ambos viables económicamente y dotados de una rentabilidad social razonable para el Estado.

Estudio y Diseño Antes de licitarse, cada proyecto es objeto de estudios realizados por un equipo multidisciplinario de profesionales de los Ministerios de Obras Públicas y Hacienda y de otras reparticiones públicas.

En esta etapa se pueden diferenciar cinco fases:

  • Estudio de Prefactibilidad. El Ministerio de Obras Públicas desarrolla un anteproyecto de ingeniería para definir la demanda. También realiza una evaluación social y verifica la rentabilidad privada del proyecto.
  • Estudio del Negocio. El Ministerio de Obras Públicas delimita los aspectos de ingeniería relevantes para la licitación; el esquema de operación de la concesión; el grado de compromiso de los agentes ante los riesgos del negocio; y otros aspectos técnico-económicos de importancia.
  • Confección del Prospecto del Negocio. El Ministerio de Obras Públicas elabora un documento con los antecedentes básicos relacionados con la concesión. Este prospecto entrega detalles del proyecto y permite a los potenciales inversionistas desarrollar sus evaluaciones preliminares.
  • Proceso de Precalificación. En esta etapa comienza la licitación pública del proyecto. De acuerdo a la Ley y el Reglamento de Concesiones, el Ministerio de Obras Públicas selecciona a los consorcios que cumplen con los requisitos jurídicos y financieros para participar en el proceso. Las partes analizan y discuten los principales aspectos de la obra, tales como diseños de ingeniería, estudios de demanda y los aspectos jurídicos, administrativos, económicos y financieros.
  • Confección de las Bases de Licitación. En esta fase se definen detalladamente cada uno de los parámetros legales administrativos, técnicos y económicos que deberán considerar los consorcios precalificados para formular sus propuestas técnicas y económicas. En último término los parámetros permitirán evaluar, adjudicar, controlar y supervisar la ejecución y explotación de la concesión.

La Licitación y la Adjudicación

En esta etapa se realiza el llamado a licitación pública a través del Diario Oficial y diarios de circulación nacional. Posteriormente se reciben, estudian y evalúan las ofertas y, en último término, se adjudica la concesión al consorcio que resulte seleccionado.

Con posterioridad a esa selección, el Estado chileno dicta un Decreto Supremo mediante el cual adjudica la concesión para la construcción, reparación, conservación y explotación de la obra al consorcio ganador. En este documento se estipulan los deberes y atribuciones de las partes durante el período de concesión.

En la Etapa de Evaluación de Ofertas Económicas participan los consorcios cuyas propuestas fueron aprobadas en la evaluación técnica. La concesión se la adjudica el consorcio que presente la oferta más conveniente, considerando los factores y ponderaciones que se establecen en las Bases de Licitación para cada proyecto y que pueden ser los siguientes:

  • Estructura de Tarifas
  • Subsidio del Estado al Consorcio
  • Plazo de Concesión
  • Ingresos Mínimos Garantizados por el Estado
  • Pagos ofrecidos por el consorcio al Estado por Infraestructura Existente
  • Grado de compromiso de riesgo que asume el consorcio durante la construcción de la obra
  • Calidad de la oferta técnica en sus aspectos de ingeniería básica y conceptual
  • Oferta del consorcio para pagar montos extraordinarios al Estado, o reducir el precio de las tarifas cuando la rentabilidad de patrimonio sobre activos exceda una tasa de rentabilidad contractualmente acordada
  • Calificación de otros servicios adicionales necesarios

Una vez seleccionado el consorcio, el Ministerio de Obras Públicas redacta, aprueba y publica en el Diario Oficial el decreto de adjudicación, el que debe contener las siguientes estipulaciones:

  • Individualización del adjudicatario;
  • Bases de Licitación;
  • Ofertas Técnicas y Económicas aceptadas e
  • Individualización de la normativa que se entiende incorporada al contrato.

El proceso de adjudicación termina una vez que el consorcio ganador haya constituido la Sociedad Concesionaria. Desde la generación del proyecto hasta la licitación, el plazo promedio ha sido, aproximadamente, de 16 meses.

Etapa de Construcción y Explotación

Una vez adjudicada la obra, el licitante se constituye como sociedad concesionaria y a partir de ese momento comienza la etapa de construcción.

Es importante indicar que en el caso de las relicitaciones (segundas concesiones y sucesivas), esta etapa también conlleva el inicio de la operación de la obra por parte del nuevo concesionario.

De esta manera, una obra concesionada por primera vez comienza la etapa de construcción cuando se cumplan todos los requisitos establecidos en las Bases de Licitación (legales, administrativos y técnicos).

Mientras que en el caso de las obras que se construye y opera simultáneamente, la concesionaria toma de inmediato la operación de esta y luego, una vez que se cumplan todos los requisitos establecidos en las Bases de Licitación de ese contrato (legales, administrativos y técnicos), puede comenzar la etapa de construcción.

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