Publicado: 01-03-2022 0:00:00
Sí, están obligadas en el evento que la facturación cumpla con el umbral mínimo de facturación requerido para tal efecto, el que actualmente (marzo de 2022) es de 0,15 UTM. Si no se cumple con este umbral, la autopista podrá acumular la suma adeudada a la cuenta del mes siguiente, sin aplicación de intereses de ningún tipo, con un máximo de 3 meses para emitir un documento de cobro.
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