La asociación pública privada, y en particular el mecanismo de iniciativas privadas, han permitido al Estado optimizar sus inversiones y potenciar el desarrollo regional, al incorporar sus requerimientos de infraestructura, potenciando además el desarrollo productivo del país. Desde el ámbito privado, se aportan los recursos económicos, la experiencia e innovación tecnológica y desde el Estado, se entregan los esquemas asociativos, instrumentos que facilitan el financiamiento y un marco legal que ha permitido sustentar una alianza a largo plazo.
Es así como, de acuerdo a la Ley de Concesiones y su Reglamento vigente, modificado mediante D.S MOP N° 206 de 7 de octubre de 2021 y publicado en Diario Oficial el 8 de febrero de 2022, cualquier persona natural o jurídica podrá postular ante el Ministerio, como iniciativa privada, la ejecución de obras públicas mediante el Sistema de Concesiones.
En una primera etapa, llamada “etapa de presentación”, la iniciativa privada es revisada, por el Ministerio de Obras Públicas y los organismos del Estado competentes, con el propósito de establecer si existe, en principio, Interés Público en el Proyecto presentado, o si en base a los análisis realizados, se estima que el Proyecto no es viable.
Según señala el Artículo 5° del Reglamento, la presentación de una Iniciativa debe contener los antecedentes descritos en el “Formulario de Presentación de Idea de Iniciativa Privada”.
La Presentación se deberá entregar en formato digital y deberá ser ingresada en la oficina de Partes de la Dirección General de Concesiones ubicada en Merced Nº 753, entrepiso, comuna de Santiago, o bien, por medio de correo electrónico a la casilla dgc.oficinapartes@mop.gov.cl, debiendo registrarse la fecha y hora de entrega.
Adicionalmente se han dispuesto las siguientes guías metodológicas para la elaboración de Términos de Referencia (TdR) y especificaciones que considere realizar el Postulante en la Etapa de Proposición y que debe entregar como antecedente de la Idea de Iniciativa Privada.